Licencias interautonómicas de caza y pesca
No es una licencia combinada: existe una de caza y otra de pesca en aguas continentales. Cada una vale un año en las diez comunidades del convenio de 2026.
- Caza
- 70 €Un año
- Pesca continental
- 25 €Un año
- Territorios
- 10Comunidades firmantes
- Pesca marítima
- No incluidaTrámite distinto
Elige una administración emisora
Una licencia expedida por cualquiera de las comunidades parte se reconoce en todas ellas; no tienes que solicitarla diez veces.
Dos documentos, dos actividades
| Caza | Pesca | |
|---|---|---|
| Actividad | Caza en todas sus modalidades, con armas o sin ellas | Pesca fluvial o continental |
| Precio | 70 € | 25 € |
| Vigencia | Un año desde la expedición | Un año desde la expedición |
| Carácter | Nominal e intransferible | Nominal e intransferible |
Comunidades incluidas
Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias y Región de Murcia. Cantabria, Cataluña, Euskadi, Illes Balears, Canarias, Navarra y La Rioja no son parte del convenio firmado el 18 de febrero de 2026.
Requisitos
Para ambas
- Pagar la tasa correspondiente.
- No estar inhabilitado para la actividad ni para obtener la licencia en ninguna comunidad parte.
- Formalizar la declaración responsable y aportar los datos que pida la administración emisora.
Además, para caza
Debes tener una licencia de caza vigente de una comunidad parte o, si eres nuevo cazador, haber superado allí la prueba de aptitud. La declaración responsable incluye disponer del seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador.
Para pesca continental
El convenio no exige con carácter común superar un examen del pescador, sin perjuicio de las pruebas que pueda establecer cada comunidad.
Qué sigue haciendo falta
La interautonómica resuelve la licencia base en los territorios firmantes. No elimina permisos de coto o tramo, autorización del terreno, documentación de armas, seguro cuando corresponda, ni las reglas territoriales sobre vedas, especies, cupos, tallas, horarios y modalidades. Tampoco autoriza la pesca marítima.
Dónde solicitarla
Puede expedirla una comunidad parte. Madrid documenta tramitación electrónica y presencial; Aragón permite emisión por internet y en oficinas del INAGA; Castilla y León ofrece su servicio electrónico específico. Elige una vía y conserva licencia e identificación.
Fuentes oficiales explicadas
- BOE-A-2026-5597: convenio, actividades, territorios, requisitos, importes y vigencia.
- Comunidad de Madrid: procedimiento electrónico y presencial.
- Gobierno de Aragón: requisitos y vías de expedición.
Preguntas frecuentes
No. Son documentos y tasas separados.
No para la misma actividad en un territorio incluido: la interautonómica vigente habilita allí. Sí pueden hacer falta permisos y documentos adicionales.
No. El convenio se limita a pesca en aguas continentales.
